Fondo Social para la Vivienda
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Información relativa a los comités

Comité de Auditoría

  • Integración del Comité.

  1. Al menos dos Directores(as) Externos(as)
  2. Presidente(a) y Director(a) Ejecutivo(a).
  3. Gerente(a) General.
  4. Gerente(a) Legal.
  5. Jefe(a) Unidad de Auditoría Interna.
  • Funciones o atribuciones del Comité.

  1. Conocer y evaluar el Sistema de Control Interno a través de los Informes de Auditoría, analizar, recomendar y establecer acuerdos que se constituyan en compromisos de solución a las situaciones que se presenten.
  2. Conocer y evaluar el proceso de información financiera; los estados financieros intermedios y de cierre de ejercicio, observando que se hayan elaborado cumpliendo con los requerimientos y lineamientos normativos aplicables.
  3. Dar seguimiento a las recomendaciones que se formulan en los informes internos y externos, para que sean corregidas o contribuir a su desvanecimiento, de acuerdo con las actividades ejecutadas por la Unidad de Auditoría Interna, lo que será informado a las instancias correspondientes. Dicha información también se hará del conocimiento de Junta Directiva.
  4. Colaborar en el diseño, aplicación y mejora del control interno, proponiendo las medidas correctivas y preventivas pertinentes a través de recomendaciones.
  5. Conocer los informes de la Unidad de Auditoría Interna, Corte de Cuentas de la República, SSF y otros entes fiscalizadores.
  6. Velar por que se brinde el soporte, documentación e información que sea necesaria para el desvanecimiento de hallazgos a los(as) exfuncionarios(as) relacionados(as). La Gerencia Legal les proporcionará la documentación previo acuerdo del Comité.
  7. Recomendar acciones para el funcionamiento de sistemas, procedimientos y políticas de control interno a Junta Directiva, a la Administración Superior y a Gerentes(as) de Área cuando lo considere necesario. así como, opinar ante la Junta Directiva sobre las diferencias de criterio entre la Administración y los(as) Auditores(as) Externos(as), respecto a políticas contables e Informes de estos.
  8. Conocer y evaluar el Plan Anual de Trabajo de la Unidad de Auditoría Interna y sus modificaciones, previo a la aprobación de Junta Directiva, efectuar recomendaciones si fuere necesario; y enterarse del seguimiento de dicho plan.
  9. Conocer el reporte semestral sobre las actividades del Comité de Auditoría que se presentará a Junta Directiva.
  10. Evaluar la labor de la Unidad de Auditoría Interna y demás obligaciones contenidas en la normativa aplicable; a través de los informes que presente, proponiendo las medidas necesarias para el fortalecimiento de su trabajo.
  11. Conocer la ocurrencia de hechos significativos o acontecimientos que pudieran considerarse ilícitos o que pudieran poner en riesgo la estabilidad y funcionamiento de la Institución.
  12. Conocer los programas de control de calidad para la supervisión de la actividad de auditoría interna, revisiones internas y externas; y los resultados de estas.
  13. Conocer sobre la presentación de la Declaración anual de independencia que realiza el personal de la Unidad de Auditoría Interna, a Presidente(a) y Director(a) Ejecutivo(a), donde garantiza que procederá con objetividad en la práctica profesional, y que se encuentran libres de impedimentos personales, externos y organizacionales. Dicha información también se hará del conocimiento de Junta Directiva.
  14. Supervisar el cumplimiento del contrato de auditoría externa y monitorear el proceso de respuesta a las observaciones incluidas por Auditoría Externa en su Carta de Gerencia a través de los informes brindados por la Administración del contrato.
  15. Velar por la independencia de la función de auditoría interna, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Auditoría Interna.
  16. Verificar que los términos de referencia para la contratación del Auditor Externo y Auditor Fiscal consideren condiciones de independencia respecto a otros servicios profesionales proporcionados, a través de los informes brindados por el(la) solicitante del servicio.
  17. Otras que disponga la Junta Directiva o regulados en normativa externa aplicable.
  • Frecuencia de reuniones

El Comité sesionará en forma ordinaria como mínimo una vez cada tres meses y en forma extraordinaria las veces que sea necesario.

Comité de Riesgos

  • Integración del Comité.

    1. Al menos un(a) Director(a) Externo(a).
    2. Presidente(a) y Director(a) Ejecutivo(a).
    3. Gerente(a) General
    4. Jefe(a) Unidad de Riesgos propietario(a) y como suplente el(la) Gerente(a) de Finanzas.
  • Funciones o atribuciones del Comité.

    1. Informar trimestralmente o cuando sea necesario a la Asamblea de Gobernadores(as) y/o Junta Directiva según corresponda, sobre los riesgos asumidos por la entidad, su evolución, sus efectos en los niveles patrimoniales y las necesidades adicionales de mitigación.
    2. Velar por que la Institución cuente con la adecuada estructura organizacional, estrategias, políticas y recursos para la gestión integral de riesgos.
    3. Proponer a la Asamblea de Gobernadores(as) y/o Junta Directiva los límites de exposición o ajustes a los existentes, considerando los tipos y la posición consolidada de riesgos.
    4. Asegurar e informar a la Junta Directiva la correcta ejecución de las estrategias y políticas aprobadas.
    5. Revisar y autorizar modelos y metodologías de la gestión de cada uno de los riesgos asumidos por la entidad, así como sus modificaciones y los nuevos riesgos por las operaciones, productos y servicios que la Institución pretenda ofrecer al mercado.
    6. Requerir y dar seguimiento a los planes correctivos para normalizar incumplimientos a los límites de exposición o deficiencias reportadas.
    7. Revisar y avalar las propuestas de mejoras a los procesos y normativas relacionadas con la gestión de riesgos, previo a someter a consideración de las instancias correspondientes.
    8. Conocer y revisar informes sobre resultados de la gestión de riesgos, emitidos por las instancias de supervisión y control internos o externos.
    9. Otras que disponga la Junta Directiva o regulados en normativa externa aplicable.
  • Frecuencia de reuniones.

El Comité sesionará en forma ordinaria cada tres meses y en forma extraordinaria las veces que se considere necesario.

Comité Ejecutivo

  • Integración del Comité.

  1. Presidente(a) y Director(a) Ejecutivo(a).
  2. Gerente(a) General.
  3. Gerente(a) Administrativo(a).
  4. Gerente(a) de Finanzas.
  5. Gerente(a) de Créditos.
  6. Gerente(a) Legal.
  7. Gerente(a) de Tecnología de la Información.
  8. Gerente(a) de Planificación.
  9. Gerente(a) de Servicio al Cliente.
  10. Gerente(a) Técnico(a).
  • Funciones o atribuciones del Comité.

    1. Conocer, analizar y recomendar medidas sobre aspectos institucionales relevantes.
    2. Conocer, revisar los planes, programas y proyectos institucionales que se formulen previo a someter a las autorizaciones correspondientes.
    3. Conocer y revisar el presupuesto institucional, previo a someterlo a la autorización de los órganos correspondientes.
    4. Conocer, cuando se requiera, sobre la ejecución de los diferentes planes y/o proyectos.
    5. Conocer y proponer las medidas que se consideren necesarias para mejorar el desempeño institucional.
    6. Conformar equipos de trabajo si fuese necesario.
    7. Otras que disponga la Junta Directiva o regulados en normativa aplicable.
  • Frecuencia de reuniones.

El Comité se reunirá a iniciativa de Presidente(a) y Director(a) Ejecutivo(a) las veces que considere necesario.

Comité de Créditos

  • Integración del Comité.

  1. Miembros propietarios(as): Jefe(a) Área de Aprobación de Créditos, Asistente de Gerencia de Servicio al Cliente y Asistente de Gerencia Técnica.
  2. Miembros suplentes: Jefe(a) Área de Aprobación de Créditos, Jefe(a) Área de Ventas, y Jefe(a) Área de Valúos de Garantías.
  3. Asesores(as): Gerente(a) de Créditos, Gerente(a) de Servicio al Cliente y Gerente(a) Técnico(a).
  4. Asesores(as) Jurídicos(as) del Comité: Gerente(a) Legal, Jefe(a) Unidad Técnica Legal y Jefe(a) Área de Escrituración.
  • Funciones o atribuciones del Comité.

  1. Dar opinión de autorización o rechazo en forma preliminar a las solicitudes de créditos para todas las líneas financieras.
  2. Autorizar o rechazar los casos de estudio socioeconómico para todas las líneas financieras.
  3. Autorizar o rechazar los casos de clientes(as), que soliciten reconsideración a la resolución de estudio socioeconómico y que estén debidamente documentados.
  4. Evaluar los casos de excepción que se presentan en los trámites de crédito y que estén debidamente justificados, resolviendo conforme a las regulaciones de las Normas Institucionales de Créditos y del Instructivo para la Aplicación de las Normas Institucionales de Créditos.
  5. Preparar las actas respectivas para someterlas a autorización a Junta Directiva.
  6. Otras que disponga la Junta Directiva o regulados en Normas Institucionales de Créditos y el Instructivo para la Aplicación de las Normas Institucionales de Créditos.
  • Frecuencia de reuniones.

El Comité se reunirá las veces que sean necesarias de acuerdo al número de créditos a analizar.

Comité de Seguimiento de Cartera Morosa

  • Integración del Comité.

  1. Gerente(a) General.
  2. Gerente(a) de Créditos.
  3. Gerente(a) de Finanzas.
  4. Gerente(a) Legal.
  5. Jefe(a) Unidad Administración de Cartera.
  • Funciones o atribuciones principales del Comité.

  1. Conocer los resultados de la posición de la cartera hipotecaria de balance y cuentas de orden, así como la situación en mora.
  2. Revisar los resultados de las gestiones de recuperación realizadas por gestores(as) de cobro externo.
  3. Emitir recomendaciones de acciones para prevenir o corregir las situaciones sobre el comportamiento de la cartera en mora, vencida y castigada, cuando así se requiera.
  4. Otras que disponga la Junta Directiva o regulados en normativa aplicable.
  • Frecuencia de reuniones

El Comité, se reunirá en forma ordinaria una vez por mes y en forma extraordinaria las veces que sea necesario.

Comité de Prevención de Lavado de Dinero y de Activos

  • Integración del Comité, miembro propietario(a)/Suplentes.

  1. Al menos un(a) Director(a) Externo(a).
  2. Presidente(a) y Director(a) Ejecutivo(a)/Suplente: Gerente(a) General.
  3. Gerente(a) Legal/Suplente: Jefe(a) Área de Escrituración.
  4. Gerente(a) de Crédito/Suplente: Jefe(a) Unidad de Riesgos.
  5. Oficial de Cumplimiento/Secretario(a)/Suplente: Oficial de Cumplimiento Suplente.
  • Funciones y atribuciones del Comité.

  1. Dar seguimiento a la gestión de Oficialía de Cumplimiento, Plan de Trabajo y al Programa de Capacitación en materia de prevención de LDA/FT/FPADM.
  2. Proponer modificaciones o mejoras a las políticas y lineamientos para la prevención LDA/FT/FPADM, con apego al marco legal.
  3. Conocer las deficiencias al programa de prevención detectadas por la Oficialía de Cumplimiento, así como las acciones o medidas correctivas que se hayan implementado para tales efectos.
  4. Revisar que el enfoque de la Oficialía de Cumplimiento y la estructura de control interno esté orientada a la prevención y gestión de riesgos de LDA/FT/FPADM.
  5. Revisar por lo menos cada tres años, la estructura organizativa de la Oficialía de Cumplimiento en cuanto a recurso humano, en relación proporcional al tamaño de la institución, cantidad de clientes, productos y servicios, así como la operatividad que tenga la misma, para determinar la necesidad de recursos a fin de mitigar los riesgos derivados de LDA/FT/FPADM.
  6. Promover la independencia y autonomía de la Oficialía de Cumplimiento. Para tal efecto, hará del conocimiento de la Junta Directiva cuando el oficial de cumplimiento le informe de acciones que limiten su independencia y autonomía, a fin que la Junta Directiva tome las medidas que correspondan.
  7. Asegurarse que la Oficialía de Cumplimiento tenga acceso irrestricto a toda la información y documentación que maneja la Institución relacionada con el LDA/FT/FPADM. Para lo cual hará del conocimiento de la Junta Directiva cuando el Oficial de Cumplimiento le informe de alguna acción que restrinja o limite el acceso a información y documentación, a fin que la Junta Directiva tome las medidas que correspondan.
  • Frecuencia de reuniones

El Comité sesionará en forma ordinaria cada tres meses y en forma extraordinaria las veces que considere necesario.

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